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29. may., 2018
Existen no pocas controversias sobre la posibilidad de que se pueda apreciar reincidencia conforme al art. 22.8 del C.P respecto a las distintas variantes de delitos contra la seguridad vial, en especial, los tipos delitctivos previstos en Código penal Cap IV arts 379 a 381 y los nuevos tipos previstos en el art. 384, debiendose concluir que para que se dé tal circunstancia ha de ser el mismo delito, del mismo titulo y de la misma naturaleza, detalle este que se ha de ententer en el modo de lesionar el determinado bien juridico protegido. Por lo tanto, no se ha de apreciar la agravante de reincidencia en aquellos tipos delictivos contra la seguridad vial de la apreciación de los primeros con una posible comisión de los segundos, ni tampoco de entre estos últimos por los que principalmente lo que se condena es la perdida de vigencia del permiso de conduccion por agotamiento de todos los puntos por acumulacion de sanciones administrativas o, bien por resolución judicial firme o cautelar, no se ha de apreciar. No se acometen de la misma forma un delito contra la seguridad vial por la influencia de los efectos del alcohol o las drogas en la conducción que, por el hecho de desobedecer una resolución que mediante la perdida de vigencia prohibe la conducción hasta su nueva obtención conforme la legalidad vigente en cuanto a su recuperación ni, tampo un exceso de velocidad con cualquier variante tipificada del art. 384 ya mencionado, siendo lo no coincidente para apreciar la figura agravante el modo de acometer el delito en su propia naturaleza.
Comentarios recientes
29.10 | 12:34
Desde la fecha de notificación tiene dos meses para poner recurso contencioso, si lo estima conveniente, remitiendome a la contestación dada a usuario Lázaro. saludos.
28.10 | 21:00
Buenas noches mire lo q pasa q el 29 08 2020 me sale un semaforo sin darme cuenta la Cámara me a tomado la foto y me an sancionado con 200€de multa y pérdida de cuatro puntos ahora el
problema q yo
07.10 | 08:52
El quid de la cuestión es que si esos semáforos no están sometidos a control metrológico según jurisprudencia T. Supremo las sanciones deberán ser declaras nulas, mediante Recurso Conten administr
15.06 | 14:57
Fui injustamente fotografiado en la Sierra De Guadarrama por semáforo rojo. r Incostitucional. Mal aconsejado pagué multa de 100 Euros. El 16.8. 2019. Hoy me enteré que me quitaron 4 puntos .