CLAUSULA ABUSIVA INDICE HIPOTECARIO IRPH

        El abogado General del TJUE Maciej Szpunar   recientemente en fecha 10 de Septiembre 2019, en contra de lo puso de manifiesto el Tribunal supremo mediante sentencia 14 de Diciembre de 2017, apoya que la mera referencia de este indice implica falta de transparencia, con el consecuente prevarapalo para la banca española ante la espera de una Sentencia por parte del TJUE definitiva que se prevé se pronuncie en breve.

Sus conclusiones, aunque no son vinculantes pueden marcar el camino a seguir por el TJUE en su sentencia que se espera para finales de este año 2019.

El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Maciej Szpunar entiende que el IRPH no está excluido del ámbito de aplicación de la Directiva Europea sobre cláusulas abusivas y que, por lo tanto, podrá ser controlado judicialmente, como pasó (por ejemplo) con las cláusulas suelo.

"(..) considero que la Directiva 93/13 debe interpretarse en el sentido de que una cláusula contractual pactada entre un consumidor y un profesional, como la controvertida en el litigio principal, que fija un tipo de interés tomando como valor de referencia uno de los seis índices de referencia oficiales legales que pueden ser aplicados por las entidades de crédito a los préstamos hipotecarios con tipo de interés variable, no está excluida de su ámbito de aplicación".

Los jueces podrían investigar si los bancos que comercializaron préstamos hipotecarios referenciados a este índice cumplieron con las exigencias de transparencia.

Para el caso de que se declarara abusivo y se anulara, los bancos tendrían que devolver el dinero cobrado de más a los clientes.

Como recalcamos, esta decisión no tiene carácter vinculante pero en una gran mayoría de sentencias del TJUE coinciden con las conclusiones presentadas por el Abogado General del TJUE.

Por lo tanto, si el TJUE falla en el mismo sentido que el Abogado General en sus conclusiones, el mazazo para la banca española se estima en miles de millones de euros que tendrían que ser devueltos a los consumidores.

Comentarios recientes

29.10 | 12:34

Desde la fecha de notificación tiene dos meses para poner recurso contencioso, si lo estima conveniente, remitiendome a la contestación dada a usuario Lázaro. saludos.

28.10 | 21:00

Buenas noches mire lo q pasa q el 29 08 2020 me sale un semaforo sin darme cuenta la Cámara me a tomado la foto y me an sancionado con 200€de multa y pérdida de cuatro puntos ahora el
problema q yo

07.10 | 08:52

El quid de la cuestión es que si esos semáforos no están sometidos a control metrológico según jurisprudencia T. Supremo las sanciones deberán ser declaras nulas, mediante Recurso Conten administr

15.06 | 14:57

Fui injustamente fotografiado en la Sierra De Guadarrama por semáforo rojo. r Incostitucional. Mal aconsejado pagué multa de 100 Euros. El 16.8. 2019. Hoy me enteré que me quitaron 4 puntos .

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