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SOBRE SEPARARSE O DIVORCIARSE
¿ Es lo mismo SEPARARSE que DIVORCIARSE ? No. ¿Por qué? son figuras juridicas cuyos efectos, una vez declaradas por resolución judicial, son diferentes, aunque el principal nexo de hecho común es el cese de la convivencia que, a priori, es lo que evita en principio males mayores, sin olvidar que el divorcio civil esta ideado como divorcio Remedio.
TIPOS DE SEPARACIÓN:
-De hecho o sin intervención judicial, es decir, tomar la decisión propia de abandonar la convivencia común que se venia compartiendo en un mismo domicilio, no se extingue el vinculo matrimonial, y los cónyugues a efectos legales siguen siendo marido y mujer.
*Legal o con intervención judicial, aunque tambíén suspende la vida en común, se sigue siendo marido y mujer, en el supuesto de matrimonio heterosexual, u entre mujer y mujer y, entre hombre y hombre, en supuesto de matrimonio homosesual, claro. Efectos;
*De existir régimen de gananciales da lugar a su disolucion.
*Concede a los cónyugues anular las donaciones realizadas anteriormente.
-Fin de la posibilidad de heredar abintestato o sin testamento por imperativo legal, ni derecho a legítima evidentemente.
*La sentencia que se dicte tasa los términos del convenio regulador presentado por los cónyugues si es que es de mutuo acuerdo o, lo acordado por S.Sª respecto a las relaciones que fija el código civil art. 91; paterno filiales( cuidado de hijos, régimen de comunicación y estancia, ejercicio de la patria potestad, gastos de mantenimiento de éstos), sobr la disolución del régimen económico del matrimonio, al uso de la vivienda y, de haberse acordado en capitulaciones, lo acordado con respeccto al derecho de pension de alguno de cónyuges. elimina o disuelve el vinculo matrimonial y surte sus efectos con respecto a los cónyuges desde el instante en que se emita sentencia y, con respecto a terceros o erga homes, desde que se inscribe en le registro civil. EFECTOS;
-Disuelve de forma plena el vinculo matrimonial, así, los cónyuges podrán volver a contraer nuevo matrimonio entre sí o con otras personas.
-Produce la disolución del regimen económico matrimonial existente, que según la vecindad civil o capitulaciones, ser uno u otro de entre todos los comtemplados legalmente.
-Tampoco cabe lal posibiidad de heredar abintestatio, ni derecho a legítima alguna.
-La sentencia recoge los términos del convenió regulador en función de si es de mutuo acuerdo o si es contencioso.
DESAPARECEN LAS CAUSAS QUE JUSTIFICAN SU SOLICITUD SIENDO LA MERA VOLUNTAD LO QUE DETERMINA EL ACOMETIMIENTO DE LA ACCIÓN A SER INSTADA
Nuestro código Civil español preceptúa que se decretará judicialmente la separación o el divorcio:
-A petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio.
-A petición de uno solo de los cónyuges, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio, no siendo preciso este plazo cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral, o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.
Comentarios recientes
29.10 | 12:34
Desde la fecha de notificación tiene dos meses para poner recurso contencioso, si lo estima conveniente, remitiendome a la contestación dada a usuario Lázaro. saludos.
28.10 | 21:00
Buenas noches mire lo q pasa q el 29 08 2020 me sale un semaforo sin darme cuenta la Cámara me a tomado la foto y me an sancionado con 200€de multa y pérdida de cuatro puntos ahora el
problema q yo
07.10 | 08:52
El quid de la cuestión es que si esos semáforos no están sometidos a control metrológico según jurisprudencia T. Supremo las sanciones deberán ser declaras nulas, mediante Recurso Conten administr
15.06 | 14:57
Fui injustamente fotografiado en la Sierra De Guadarrama por semáforo rojo. r Incostitucional. Mal aconsejado pagué multa de 100 Euros. El 16.8. 2019. Hoy me enteré que me quitaron 4 puntos .